Fallo de la Corte en el caso de la unión marital entre un policía y un sacerdote

A la corte Suprema de Justicia le fue presentado el caso de un policía que afirmaba haber estar casado por casi diez años con su difunto “esposo”. El mismo pedía y reclamaba el reconocimiento sus derechos patrimoniales. Previo a esto, la unión marital entre el policía y el sacerdote, fue reconocida por el Juzgado Segundo Promiscuo de Familia de Facatativá. No obstante, el Tribunal Superior de Cundinamarca la revocó alegando que los requisitos no se habían cumplido.
Por tal motivo, en la sala civil de la corte, el oficial de la ley se presentó asegurando que compartió hogar con el difunto sacerdote. Según sus declaraciones vivieron juntos desde el 17 de agosto de 2023 hasta el 15 de noviembre de 2012, día en el que falleció. Las pruebas dadas de la unión marital no fueron suficientes para el tribunal ya que las mismas eran algo contradictorias. Es decir, existía evidencia de la convivencia, pero a su vez faltaban pruebas propias de un matrimonio.
Además, el tribunal consideró que existía un interés muy evidente por parte del policía en demostrar la veracidad de la unión. Mientras que las pruebas que proporcionadas evidenciaban más un noviazgo o amorío que un matrimonio. Pese a la declaración de distintos testigos, la Corte Suprema de Justicia confirmó lo expuesto por el Tribunal y negó la existencia de una relación marital.
El principal motivo del fallo se le atribuye a que el policía fue renuente a revelar la vida en pareja. La Corte buscaba conocer la cotidianidad de la pareja para determinar si su relación era más que un noviazgo. No obstante, el oficial de la ley se negó a proporcionar dicha información, por esta razón, se consideraron las pruebas como insuficientes para probar un matrimonio entre el policía y el sacerdote.
Si quieres conocer otros artículos parecidos a Fallo de la Corte en el caso de la unión marital entre un policía y un sacerdote puedes visitar la categoría Noticias.
Deja una respuesta


Relacionados